El Club Español
del Bulldog Inglés desea desarrollar
en esta Carta las ideas base que presentan a sus
miembros y poner en evidencia la responsabilidad de
cada uno y los medios disponibles para asumirlas. Esta
carta se ha elaborado con la intención de proteger y
reconocer la cría de calidad, y también para ofrecer
garantías al comprador.
El compromiso del criador entra en vigor a la fecha de
la firma de la carta. Este compromiso se renueva
anualmente por tácita prórroga salvo renuncia expresa
por alguna de las partes, por carta certificada.
Los criadores que firman la carta se comprometen a
respetar todos los artículos de la misma.
OBLIGACIONES DEL CRIADOR:
Debe poseer un afijo reconocido por la RSCE y/o la
FCI, debe ser socio del Club. En el caso de un afijo
conjunto, ambos miembros deberán ser socios del Club
y al día de pagos.
Desde el momento del compromiso, el nuevo firmante de
la carta deberá respetar las reglas siguientes:
* Respetar el conjunto de los
reglamentos de la
cinofilia española, dentro del marco de la Real
Sociedad Canina de España.
* No formar parte de una
asociación canina que
gestione un Libro de Orígenes que no sea el Libro de
Orígenes de España llevado por la Real Sociedad Canina
de España.
* Respetar a los
oraganizadores y los juicios en las
exposiciones, en las que deberá tener una actitud
correcta y cortés.
* Todos los ejemplares
utilizados para la reproducción
deberán tener una muestra de ADN en cualquiera de los
centros veterinarios colaboradores de la Real Sociedad
Canina de España a este efecto.
* Utilizar para la reproducción
sólo perros con
Pedigree de la Federación Cinológica Internacional, o
de asociaciones caninas nacionales reconocidas por la
misma (Kennel Club, American Kennel Club…).
*No
aceptar hacer una monta con una perra que no esté
inscrita en la Real Sociedad Canina de España.
*
Todos los bulldogs-
machos- hembras- que hayan de
ser utilizados para la cria deberan haber obtenido el
Certificado de Aptitud para la criar sobre pedigri,
previamente a ser utilizados com reproductores. Este
Certificado se obtiene haciendo llegar al club:
- Copia del pedigri original.
- Certificado del depósito de la muestra de ADN de un
centro colaborador de la RSCE.
- La cantidad que en cada momento este aprobada como
contribucion a los gastos de sostenimiento del club.
Unicamente está facultada para este diligenciado la
Comision de Cria del C.E.B.I.
* Las hembras no deben ser
cubiertas antes de los
quince meses ni después de siete años.
* No sobrepasar tres camadas
en un período de dos años
ni practicar más de cuatro cesáreas.
* Entretener,
alimentar,desparasitar y vacunar
correctamente a todos los perros del criadero
teniendoles en optimas condiciones de salud fisica y
psiquica. Los certificados de vacunacion y
desparasitacion deberan estar al dia.
* No someter a los animales a
dopaje u hormonación que
induzcan a errores en su valor como sementales, ni a
utilizar productos que perjudiquen su bienestar para
disimular posibles defectos del ejemplar en relación
al estandar.
* No vender cachorros a
centros, entidades, o
laboratorios que utilicen los animales para la
experimentación, o tiendas o centros comerciales que
no garanticen una vida digna para el animal.
* Los cachorros deberan ser
vendidos con una edad
superior a los dos meses, ya que es aconsejable que
lleven puestos una dosis de vacunacion como minimo y
posean un certificado veterinario de salud, evitandose
de esta manera al criador posibles reclamaciones.
* Entregar al comprador un
contrato de venta con
garantía obligatoria que lleve la mención "Firmante de
la carta del criador ". Dicha garantía deberá cubrir
cualquier tipo de infección y deberá ser de al menos 8
días, y de enfermedades genéticas por un plazo de al
menos un año.
* Informar al comprador de la existencia y del trabajo
del Club, enviarle un formulario de inscripción y la
cartilla sanitariadel cachorro.
Para velar por el cumplimiento de dichas obligaciones,
el criador deberá aceptar la visita del criadero por
parte de personas autorizadas por la Junta del Club.
Compromisos del Club Español del Bulldog Inglés:
* El club se compromete a dar conocimiento de la lista
de cachorros disponibles de todos los criadores
firmantes de la Carta de Cría que lo soliciten.
* El club se compromete a hacer constar en su revista
"El Bulldog" o en su página web de Internet ", el
texto de la carta con los nombres de los firmantes.
Las retiradas voluntarias o provocadas también
figurarán allí.
* En caso de incumplir los compromisos por parte del
criador, la Junta del Club Español del Bulldog inglés
determinará su retirada de la lista de los criadores y
de las ventajas que dicha Carta conllevan.
* Toda nueva petición estará sometida a la aprobación
del comité.
Esta carta tendrá un periodo de prueba de un año a
partir del momento de su aprobación, durante el cual
los criadores que lo deseen podrán inscribirse o darse
de baja de la carta sin ningún compromiso. Podrán
además, previa notificación argumentada al Club,
obviar aquellos aspectos que pudieran ser discutibles.
Con todos los datos recibidos a lo largo del año, el
Comité hará un redactado definitivo de la Carta. A
partir de su aprobación definitiva, todos los
artículos serán de obligado cumplimiento por parte de
los criadores.
Los criadores que deseen adherirse a la Carta de Cría,
deben enviar el siguiente formulario
firmado
por correo, por fax o e-mail
CLUB ESPAÑOL DEL BULLDOG INGLÉS
C/ Gran de Sant Andreu, 111
08030 Barcelona
por fax al
número 938 345 237;
o por e-mail a
asesorcrianzacebi@hotmail.com
Nota importante:
todas las solicitudes deben
estar firmadas por el criador

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