Carta de cría

El Club Español del Bulldog Inglés desea desarrollar en esta Carta las ideas base que presentan a sus miembros y poner en evidencia la responsabilidad de cada uno y los medios disponibles para asumirlas. Esta carta se ha elaborado con la intención de proteger y reconocer la cría de calidad, y también para ofrecer garantías al comprador. El compromiso del criador entra en vigor a la fecha de la firma de la carta. Este compromiso se renueva anualmente por tácita prórroga salvo renuncia expresa por alguna de las partes, por carta certificada. Los criadores que firman la carta se comprometen a respetar todos los artículos de la misma.

Obligaciones del Criador:
Debe poseer un afijo reconocido por la RSCE y/o la FCI, debe ser socio del Club. En el caso de un afijo conjunto, ambos miembros deberán ser socios del Club y al día de pagos. Desde el momento del compromiso, el nuevo firmante de la carta deberá respetar las reglas siguientes:

  • Respetar el conjunto de los reglamentos de lacinofilia española, dentro del marco de la Real Sociedad Canina de España.
  • No formar parte de una asociación canina que gestione un Libro de Orígenes que no sea el Libro de Orígenes de España llevado por la Real Sociedad Caninade España.
  • Respetar a los organizadores y los juicios en las exposiciones, en las que deberá tener una actitud correcta y cortés.
  • Todos los ejemplares utilizados para la reproducción deberán tener una muestra de ADN en cualquiera de los centros veterinarios colaboradores de la Real Sociedad Canina de España a este efecto.
  • Utilizar para la reproducción sólo perros con Pedigrí de la Federación Cinológica Internacional, o de asociaciones caninas nacionales reconocidas por la misma (Kennel Club, American Kennel Club…).
  • No aceptar hacer una monta con una perra que esté inscrita en alguna asociación no reconocida por la FCI · Todos los bulldogs- machos- hembras- que hayan de ser utilizados para la cría deberán haber obtenido el Certificado de Aptitud para criar, previamente a ser utilizados como reproductores. Este Certificado se obtiene haciendo llegar al club:
    • Copia del pedigrí original.
    • Certificado del depósito de la muestra de ADN de un centro colaborador de la RSCE.
    • La cantidad que en cada momento este aprobada como contribución a los gastos de sostenimiento del club. Únicamente está facultada para este diligenciado la Comisión de Cría del C.E.B.I.
  • No sobrepasar tres camadas en un período de dos años ni practicar más de cuatro cesáreas a cada hembra.
  • No someter a los animales a dopaje u hormonación queinduzcan a errores en su valor como sementales, ni autilizar productos que perjudiquen su bienestar paradisimular posibles defectos del ejemplar en relaciónal estándar.
  • No vender cachorros a centros, entidades, o laboratorios que utilicen los animales para la experimentación.
  • Los cachorros deberán ser vendidos con una edad superior a los dos meses, ya que es aconsejable que lleven puestos una dosis de vacunación como mínimo y posean un certificado veterinario de salud, evitándose de esta manera al criador posibles reclamaciones.
  • Entregar al comprador contrato de garantía sanitaria y genética del cachorro que lleve la mención "Firmante de la carta del criador ". Dicha garantía deberá cubrir cualquier tipo de infección infecto-contagiosa y de enfermedades genéticas como mínimo por el plazo que marque la legislación vigente.
  • Informar al comprador de la existencia y del trabajo del Club, enviarle un formulario de inscripción y lacartilla sanitaria del cachorro. Para velar por el cumplimiento de dichas obligaciones, el criador deberá aceptar la visita del criadero porparte de personas autorizadas por la Junta del Club.

Compromisos del Club Español del Bulldog Inglés:

  • El club se compromete a dar conocimiento de la lista de cachorros disponibles de todos los criadores firmantes de la Carta de Cría que lo soliciten y anunciar las camadas de estos como recomendadas en su website.
  • El club se compromete a hacer constar en su revista "El Bulldog" o en su página web de Internet ", el texto de la carta con los nombres de los firmantes. Las retiradas voluntarias o provocadas también figurarán allí.
  • En caso de incumplir los compromisos por parte delcriador, la Junta del Club Español del Bulldog inglés determinará su retirada de la lista de los criadores y de las ventajas que dicha Carta conllevan.
  • Toda nueva petición estará sometida a la aprobacióndel comité. Esta carta tendrá un periodo de prueba de seis meses apartir del momento de su aprobación, durante los cualeslos criadores que lo deseen podrán inscribirse o darse de baja de la carta sin ningún compromiso. Podrán además, previa notificación argumentada al Club, obviar aquellos aspectos que pudieran ser discutibles. Con todos los datos recibidos a lo largo del año, el Comité hará un redactado definitivo de la Carta. A partir de su aprobación definitiva, todos los artículos serán de obligado cumplimiento por parte de los criadores.

Información pruebas ADN

Las pruebas de ADN pueden realizarse a través de cualquier Facultad Veterinaria, sin embargo, las únicas reconocidas por la R.S.C.E. son las que se realizan en la Facultad Veterinaria de la Universidad Complutense de Madrid.

La R.S.C.E. (en su Departamento de Pruebas de ADN) ofrece la posibilidad de realizar estas pruebas, cuyas ventajas son:

  • Un coste de 35 euros por prueba (siendo el más económico que hemos encontrado)
  • Los resultados de las pruebas son incluidos en el pedigree de los ejemplares.

Para realizar esta prueba hay que ponerse en contacto con el Departamento de Pruebas de ADN de la R.S.C.E. a través del teléfono 91 426 49 60.